El Decreto Supremo 5688 establece que las certificaciones de idiomas oficiales emitidas por instituciones autorizadas tendrΓ‘n vigencia indefinida y ya no requerirΓ‘n renovaciΓ³n, convalidaciΓ³n ni la obtenciΓ³n de un nuevo certificado.

La Paz, 3 de septiembre de 2026. Los certificados que acreditan el conocimiento de los idiomas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia tendrΓ‘n vigencia indefinida, de acuerdo con el Decreto Supremo 5688, promulgado recientemente por el Gobierno.


La nueva norma fue publicada en la Gaceta Oficial el 31 de agosto de 2026 y establece un nuevo rΓ©gimen para el reconocimiento de las instituciones encargadas de la enseΓ±anza y certificaciΓ³n de los idiomas oficiales del paΓ­s.

Los certificados ya no tendrΓ‘n que renovarse

Uno de los principales cambios establecidos por el decreto es que las certificaciones emitidas por instituciones legalmente autorizadas tendrΓ‘n vigencia indefinida.

Esto significa que quienes ya cuentan con un certificado vΓ‘lido no deberΓ‘n renovarlo, convalidarlo ni tramitar un certificado adicional para mantener su validez.

Asimismo, las certificaciones emitidas antes de la entrada en vigencia del nuevo decreto conservarΓ‘n su plena validez.

¿QuΓ© instituciones podrΓ‘n enseΓ±ar y certificar?

La norma establece que la enseΓ±anza de los idiomas oficiales podrΓ‘ estar a cargo de instituciones fiscales, de convenio, privadas y de rΓ©gimen especial de EducaciΓ³n Superior y EducaciΓ³n Alternativa.

Estas instituciones deberΓ‘n contar con planes y programas de estudio evaluados por el Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas (IPELC) y estar autorizadas por el Ministerio de EducaciΓ³n.

TambiΓ©n podrΓ‘n impartir enseΓ±anza y emitir certificaciones las universidades pΓΊblicas autΓ³nomas.

Instituciones que ya tenΓ­an programas podrΓ‘n continuar

El decreto establece ademΓ‘s que la Escuela de GestiΓ³n PΓΊblica Plurinacional y las instituciones educativas autorizadas por el Ministerio de EducaciΓ³n que ya hubieran iniciado programas de enseΓ±anza de idiomas oficiales antes de la publicaciΓ³n de la norma podrΓ‘n continuar emitiendo certificaciones.

Estas instituciones no necesitarΓ‘n una nueva autorizaciΓ³n para continuar con sus programas.

El IPELC certificarΓ‘ la lengua materna

La norma tambiΓ©n contempla el reconocimiento de la primera lengua o lengua materna distinta del castellano.

En estos casos, la certificaciΓ³n estarΓ‘ a cargo del IPELC, mediante un procedimiento que deberΓ‘ ser gratuito, objetivo, Γ‘gil y con menos trΓ‘mites.

El decreto establece que la reglamentaciΓ³n especΓ­fica para este procedimiento deberΓ‘ ser aprobada mediante ResoluciΓ³n Administrativa en un plazo mΓ‘ximo de 15 dΓ­as hΓ‘biles desde la publicaciΓ³n de la norma.

Con estas disposiciones, el Decreto Supremo 5688 modifica el sistema anterior de certificaciΓ³n y establece nuevas reglas para la enseΓ±anza y acreditaciΓ³n de los idiomas oficiales en Bolivia.

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